LA CÁMARA DE APELACIONES ORDENÓ RESTITUIR EL JUZGADO DE FALTAS Y A LA JUEZA PAULA FERRARI.

Cabe recordar que en su momento por decisión del Intendente Daniel Cappelletti, se promulgó la ordenanza 1970/18 que dispuso el cierre del Juzgado de Faltas.

Luego del lógico debate, donde uno de los temas fue la actitud del Intendente anterior Gastón Arias, quien había ocupado por años el cargo al frente del Juzgado por licencia de la Jueza Paula Ferrari, el Concejo Deliberante con el voto del Bloque de Cambiemos (el PJ-Unidad Ciudadana voto en contra) dispuso el cierre del Juzgado de Faltas.

Paula Ferrari

La Dra. Paula Ferrari presentó una medida cautelar que fue denegada en Primera Instancia pero ahora la Cámara de Apelaciones revocó la medida.

Sobre el tema el portal seccionesbonarenses.com publicó la noticia;

La Cámara de Apelación en lo contencioso administrativo de La Plata hizo lugar a la medida cautelar presentada por la jueza de Faltas de Brandsen, Paula Ferrari. y ordenó no sólo restituir el organismo sino también reponer en el cargo a la mencionada funcionaria que fuera despedida en agosto de 2018.

De acuerdo al fallo de la Cámara, se le ordenó al intendente Daniel Cappelletti (radical en Cambiemos) retrotraer la situación a los momentos previos a la sanción de la ordenanza 1970/18 que dispuso la disolución del Juzgado de Faltas.

Al respecto, la Cámara indica que los jueces de faltas municipales tienen un procedimiento especial de remoción, que gozan de estabilidad en el cargo “para mantener la garantía de autonomía e independencia en sus decisiones”.

Por tal motivo se le ordenó al intendente Cappelletti “a restituir el Juzgado de Faltas de Brandsen y a la Dra. Paula Ferrari como Jueza de Faltas local, considerando que la supresión del Juzgado va en contra del interés público”.

Como había adelantado Ferrari por carta documento tanto al Departamento Ejecutivo como al Concejo Deliberante antes del dictado de las normas, que “disolver la institución Juzgado de Faltas creada en 1995 y destituir ilegalmente y arbitrariamente a la Jueza de Faltas nombrada en 2001, es una clara muestra de retroceso institucional con miras a la concentración de poder y a la restricción de la independencia e imparcialidad como garantía de los justiciables”.

Cabe recordar que este portal, en agosto de 2018, dio cuenta de esta anormalidad al señalar que con la decisión de disolver el Juzgado de Faltas de Brandsen, el intendente Cappelletti asumía la totalidad del poder municipal.

Con la decisión de la Cámara en lo contencioso administrativo de La Plata –que llevó la firma de los jueces Gustavo SpacarotelGustavo De Santis y Claudia Milanta y de la secretaria Mónica Dragonetti– todo vuelve al punto de inicio.

Fuente https://www.seccionesbonaerenses.com

RESOLUCIÓN

RESUELVE:

Admitir el recurso de apelación y revocar el pronunciamiento dictado en primera instancia que deniega la medida cautelar solicitada por la accionante y hacer lugar a la medida de no innovar con alcance suspensivo de la ejecución del Decreto n° 1106/18 que dispuso el cese de la accionante como Juez de Faltas, que implica igual efecto suspensivo cautelar para la Ordenanza Municipal de Brandsen nº 1970/18, en cuanto suprime el órgano de la justicia de faltas de titularidad de la actora y retrotraer la situación al estado anterior al dictado de dichos actos, reponiéndose en el cargo y funciones mencionadas a la Dra. Paula Valeria Ferrari. Todo ello con el límite temporal indicado en los considerandos precedentes, previa caución juratoria que deberá prestarse (arts. 22, 23, 24, 25 y concs., ley 12.008 cit.y art. 195 y sigs., 230 y sigs. y concs. del C.P.C.C., conf. art. 77, ley 12.008), sin costas por no haber mediado sustanciación (art. 51 ley 12.008, t. seg. ley 14.437).

Regístrese, notifíquese y devuélvase al juzgado de origen oficiándose por Secretaría.

Fdo. Gustavo Daniel Spacarotel, Juez. Gustavo Juan De Santis, Juez. Claudia A.M. Milanta, Juez. Dra. Mónica M. Dragonetti, Secretaria.


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