Semanario Tribuna 02-07-2022

Autorizan por ordenanza la firma de un acuerdo con el Instituto de la Vivienda

   Sobre el tema hablaron en el recinto los presidentes de bloque, Marcos Erregue (Juntos) y Fernando Raitelli (FdT). Desde la oposición valoraron el convenio con la Provincia y definieron el tema habitacional como “una gran demanda social”.

   Se transferirá el monto asignado una vez aprobado el presente convenio por resolución ministerial y de conformidad con las disponibilidades presupuestarias, cronograma de inversiones y prioridades que asigne el Instituto.

36 CASAS

   A partir de este acuerdo el Instituto de se compromete a prestar asistencia financiera para la construcción de 36 viviendas en Brandsen -según indicaron se ubicarían en el barrio República- que deberán ser ejecutadas de conformidad con la documentación y lineamientos técnicos aprobados mediante EX2019-17213346- GDEBA-DPTDIV y en un todo de acuerdo a lo establecido en el decreto provincial 9.104/78 y sus modificatorias, y las Resoluciones N° 919/92 y N° 4.522/00.

   “El Instituto aporta al Municipio la suma de $210.986.485,80, equivalente a la cantidad de 2.113.246,05 Unidades de Vivienda (UVI)”. Se transferirá el monto asignado una vez aprobado el presente convenio por resolución ministerial y de conformidad con las disponibilidades presupuestarias, cronograma de inversiones y prioridades que asigne el Instituto según se establece en el Art. 3°


   Aclaran que los fondos aportados por el Instituto serán reintegrados por los adjudicatarios de las viviendas en 360 cuotas mensuales y consecutivas, a partir de la suscripción del acta de entrega. Y que “los terrenos donde se ejecutarán las obras se encuentran inscriptas a favor del Municipio”.

   Es importante consignar que con el monto asignado se deberá cubrir la totalidad del costo de los materiales y la mano de obra: “infraestructura interna y nexo, rellenos, desmontes, nivelaciones, honorarios profesionales y toda obra necesaria para la habilitación de las viviendas correrán por cuenta y cargo del Municipio”. Y remarcan también que “será responsabilidad del Municipio la preselección de los beneficiarios, quienes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 134/17; la realización de la obra, control técnico de la misma, designación del personal técnico y/o profesional necesario para la conducción, y la ejecución y/o gestión de los planos conforme a construcción, subdivisión, y todo otro elemento para la posterior escrituración de las unidades, debiendo estar concluido antes de la firma del acta final de obra”.



   Por último, el Municipio deberá dejar constancia de los gastos e inversiones efectuados con las sumas transferidas mediante la presentación de declaración jurada suscripta por el Intendente conforme el Artículo 14° del presente. La Ordenanza 2.215, autorizando al Ejecutivo a suscribir este convenio fue aprobada por unanimidad.

Semanario Tribuna 02-07-2022


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