El proyecto observa la necesidad de fomentar políticas públicas locales que promuevan el uso responsable y sustentable de la energía. Se estima necesario crear un programa municipal de Promoción de Energía Solar Residencial. Se incentiva, así, la instalación y uso de sistemas de generación de energía solar térmica y fotovoltaica en los hogares del Distrito, en concordancia con la Ley nacional 27.424 y la Ley provincial 15.325.


La presentación del bloque radical busca promocionar el uso de energía solar en los hogares. Se desarrollarán campañas educativas en medios locales, escuelas y centros comunitarios.

Beneficios

El programa otorgará a los vecinos que instalen sistemas solares: exenciones o reducciones de hasta el 50% en la tasa de servicios municipales por un plazo de dos años. Contempla, además, la asistencia técnica gratuita mediante capacitaciones y asesoramiento en la elección de tecnologías y trámites de conexión; acceso a convenios de financiamiento con entidades públicas y privadas para adquisición e instalación de equipos; y, prioridad en gestiones para inscripción en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia (RUGER).


Puntualizan que, para acceder a los beneficios, los vecinos deberán “estar al día con las obligaciones tributarias municipales; presentar proyecto técnico o certificado de instalación emitido por un profesional matriculado o empresa habilitada; garantizar que los equipos cumplan con las normativas nacionales y provinciales de seguridad, calidad y eficiencia (Disposición Nacional 28/2019, Resolución OCEBA 463/2023 y normas IRAM/IEC aplicables).

¿Dónde se implementará?

Durante el primer año de aplicación, se priorizarán barrios residenciales y viviendas de interés social, a fin de generar experiencias demostrativas y promover la equidad en el acceso a la energía solar. La ordenanza establece que el Municipio desarrolle campañas educativas en medios locales, escuelas y centros comunitarios para difundir las ventajas del uso de energía solar, ahorro económico y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.


Serán autoridades de aplicación Planeamiento y Ambiente del Municipio. Se deberá reglamentar la norma, articular con la Provincia, OCEBA y la distribuidora eléctrica local la implementación del régimen y gestionar los convenios que se requieran para el financiamiento y programas de apoyo a hogares vulnerables. Los gastos que demande su cumplimiento se imputarán a la partida que corresponda del presupuesto municipal, pudiendo gestionar fondos provinciales y nacionales de fomento a las energías renovables.

Alternativa a la generación convencional de energía

“El cambio climático y la crisis energética mundial exigen una transición hacia fuentes de energías renovables y limpias. La energía solar constituye una fuente abundante, gratuita y no contaminante. El fomento de la energía solar permite disminuir la dependencia de combustibles fósiles, reducir la emisión de contaminantes, preservar el agua y proteger la biodiversidad, asegurando un modelo de desarrollo sostenible en beneficio de las generaciones presentes y futuras”. La ordenanza agrega que, fomentar el uso de energías renovables implica beneficios ambientales, sociales y económicos, reduciendo costos en los hogares a mediano plazo y disminuyendo la huella de carbono local.

“Libre de contaminación”

Como referencia, en sintonía con el cuidado del medio ambiente, y marcando un claro impulso hacia la construcción de una matriz energética sustentable, en Brandsen se construyó el primer parque solar de la provincia de Buenos Aires en Samborombón (ruta 2 km 90,500), con más de 400 paneles generando 100Kwp, energía que se inyecta a la red para abastecer a 60 familias.


La Ley 27.424 establece el régimen de fomento a la generación de energía renovable, reconociendo a los usuarios-generadores y garantizando su derecho a inyectar excedentes a la red eléctrica. Mientras que, la Ley provincial 15.325 adhirió a dicha normativa nacional, otorgando beneficios fiscales (exención de Ingresos Brutos y Sellos por 12 años), creando el marco regulatorio local. El Decreto 2.371/22 y la Resolución OCEBA 463/23 reglamentaron la operatoria en el territorio bonaerense, creando el Registro de Usuarios-Generadores (RUGER) y estableciendo las condiciones técnicas y tarifarias.

La Ordenanza Nº736 de 1997 declara al Distrito “libre de contaminación” y “no nuclear”; también, establece de interés general la materia ambiental, sentando un precedente normativo para el desarrollo de políticas locales de cuidado del ambiente.

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Por Guillermo E. González


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1 COMENTARIO

  1. Este es el camino q hay q seguir para q algunas generaciones más puedan disfrutar de un ambiente sano. Ahora la pregunta es porque nuestro intendente insiste en ir en dirección contraria fomentando la instalación de termoeléctrica? La ordenanza 736 es clara y no es conveniente ignorarla como se ignoran y se incumplen todas las ordenanzas

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