Magdalena Espósito Valenti, la madre de Lucio Dupuy, y Abigail Páez, su pareja, fueron condenadas hoy por un tribunal de la ciudad de Santa Rosa a la pena de prisión perpetua por haber asesinado al niño de 5 años en esa ciudad pampeana en noviembre de 2021.

Ambas mujeres ya habían sido declarado culpables del homicidio del niño y ahora el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, integrado por los jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora, dio a conocer el monto de la pena y no hizo lugar al pedido de la familia de la víctima que había solicitado que se les aplique «el tiempo indeterminado» como accesoria a la prisión perpetua.

CÓMO FUE EL PEDIDO DE PERPETUA PARA LA MADRE Y SU NOVIA

El 13 de febrero pasado la fiscala Verónica Ferrero pidió que las dos acusadas sean condenadas a prisión perpetua porque, frente a los delitos cometidos, el Código Penal solo prevé solamente esa pena.

El abogado querellante particular, en representación de la familia Dupuy, José Mario Aguerrido, adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal, pero le añadió el requerimiento de que la pena sea de reclusión por tiempo indeterminado, una alternativa que prevé el artículo 52 del C.P., en relación con el 80.

Lo fundó, entre otras razones, en la extensión del daño provocado a “un chico absolutamente vulnerable”, agregando que la muerte de Lucio fue el final de un proceso de maltrato infantil.

Por su parte, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez, le pidió al Tribunal que cuantifique la pena que le correspondería a Páez, por entender que si se aplicase la prisión perpetua “con las normas vigentes hoy en el país” “solo saldrá de la cárcel con su muerte, ya que actualmente la pena perpetua es material y literalmente perpetua”.

Además, solicitó que esa cuantificación sea la mínima por la carencia de antecedentes penales y la edad de la imputada (28 años); y afirmó que la Corte Suprema ya fijó la inconstitucionalidad de la reclusión por tiempo indeterminado.

Por último, el defensor oficial Pablo De Biasi, al hablar por Espósito Valenti, brindó argumentos similares y requirió que se le fije “una pena en años” lo que coincidió en que “la prisión perpetua que establece el Código Penal es inconstitucional” ya que “los tratados internacionales impiden la aplicación de penas crueles, inhumanas y degradantes”.

A su vez, Páez fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento; en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

BRUTAL ASESINATO

Lucio Dupuy (5) fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en la casa de la calle Allan Kardec al 2300 de Santa Rosa, donde vivía con la madre y su pareja.

Los movimientos de las condenadas y Lucio quedaron registrados por una cámara ubicada frente al departamento, y gracias a ellos se pudo concluir que a las 17.32 horas se lo vio a Lucio vivo por última vez.

Consideraron acreditado que entre ese momento y las 19.40 horas, cuando ambas imputadas salieron solas del departamento, Lucio fue golpeado brutalmente.

Según los fundamentos del fallo de los jueces, Abigail Páez llevó en moto a su novia al trabajo de moza en el restaurante de un hotel de la capital pampeana y regresó sola a las 20.49, cuando intentó reanimar al niño y lo metió bajó la ducha.

A las 21.30 salió con Lucio en brazos para el centro asistencial del barrio Río Atuel, anexo al departamento, pero estaba cerrado, por lo que fue derivado al Hospital Evita, donde a las 21.45 se constató que ya estaba muerto.

La Justicia estableció que las dos participaron de la golpiza mortal, entre las 18 y las 19 del 26 de noviembre y que el niño recibió golpes de puño, patadas y golpes con un palo.

También recibió un pisotón en la espalda por parte de Abigail Páez (se pudo determinar por la impronta que dejó su zapatilla), que le provocó lesiones internas como el desgarro del hígado y, además, fue mordido en sus zonas íntimas y en su brazo izquierdo.

El Tribunal de Audiencia, en la sentencia de 126 fojas, estableció que el niño fue víctima, recurrente, de violencia física, psicológica y sexual y determinó que se pudo advertir un “crescendo de violencia”, a la luz de los chats entre ambas imputadas, ventilados durante el juicio, a partir de mediados del mes de octubre de 2021.

Fuente: Télam y La Voz


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