La citada reprogramación será de utilidad “para aliviar las cuentas municipales difiriendo los vencimientos de las cuotas de amortización para ejercicios futuros”.

La asamblea de concejales y mayores contribuyentes aprobó por unanimidad la reprogramación de deudas con la Provincia. El dinero, que podría haber sido un aporte no reintegrable por la pandemia, lejos de eso, constituye un préstamo que la Municipalidad deberá reintegrar. 

La presencia de los referentes peronistas fue mínima -dos de seis mayores contribuyentes- asistieron Guillermo Roldán y Yolanda Cativa. En lo atinente al bloque de Juntos estuvieron todos. Por su parte, nuevamente dejó vacía su banca el concejal Fernando Raitelli (foto).   

 El D.E. municipal solicitó autorización para reprogramar deudas contraídas con el Estado provincial en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, establecido en el Decreto 264/20, ratificado por la Ley 15.174, el Art. 48 de la Ley de Presupuesto Provincial Ejercicio Fiscal 2021 y la Resolución 4/21 del Ministerio de Hacienda.



 Estos re4cursos fueron afectados a la pandemia, “con el objetivo de otorgar recursos a los municipios, a los fines de que estos puedan sobrellevar la situación de emergencia mencionada y menguar el impacto financiero”. El fondo aludido se constituye para contribuir, desde el Gobierno provincial, “con el pago de sueldos de los empleados municipales, el cual ha sido una herramienta que ha posibilitado a nuestros funcionarios continuar con su gestión sin sobresaltos, como así también, atender los gastos demandados para la contención de la pandemia (…)”. La Ley 15.225 -en su Art. 48- faculta a modificar los cronogramas de devolución de los recursos, previa solicitud del Intendente.  

 Se deja constancia también sobre las necesidades financieras del Municipio para este ejercicio, y que la citada reprogramación será de utilidad “para aliviar las cuentas municipales difiriendo los vencimientos de las cuotas de amortización para los ejercicios futuros”. (…) Con anterioridad al 20 de enero de 2021, el Ejecutivo ha suscripto y enviado nota al Ministerio de Hacienda, “acogiéndose a la reprogramación dispuesta por la normativa mencionada”.  



El Ejecutivo solicita al HCD que lo autorice a la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal creado por el Decreto 264/20, complementado por el Art. 48 de la Ley 15.225 y la Resolución 4/21 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, por la suma de $8.486.600. El plazo de gracia será “hasta el 1 de diciembre de 2021”; el plazo de devolución, valor y periodicidad de las cuotas “de 18 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el mes de diciembre de 2021”; y sobre el medio de pago y garantía se establecen los recursos que le corresponda percibir al Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos, (…). Y que preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender la cancelación total de la reprogramación de deudas generadas en el marco de las normas detalladas.

La Ordenanza 2.178 autoriza al Ejecutivo a la reprogramación de las deudas         municipales generadas en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, por la suma de $8.486.600. 


Por Guillermo E. González | guillermoenriquegonzalez@hotmail.com

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