Los contribuyentes deberán realizar el trámite obligatorio de recategorización según los ingresos que fueron facturados en el primer semestre del año.

En julio, con el empuje de la inflación, aumentarán los niveles de facturación de las distintas categorías del monotributo. En este sentido, los contribuyentes deberán realizar el trámite obligatorio de recategorización según los ingresos que fueron facturados en el primer semestre del año.

Deberán prestar especial atención, ya que muchos se verán afectados considerando que, por la suba generalizada de precios, podrían quedar excluidos por sobrepasar los límites.

La evaluación sobre si los titulares están en la categoría que les corresponde la realiza el ente regulador cada seis meses. Y, en caso de no cumplir con los topes, los autónomos deberán recategorizarse.


De cuánto podrían ser los aumentos en julio

Dada la actualización, quienes estén inscriptos en el régimen deberán prestar especial atención para que, tras el trámite, no pasen a tributar por el régimen general (Ganancias, IVA y Seguridad Social).

Dado que el aumento para jubilaciones, pensiones, AUH y otras asignaciones que paga ANSES fue de casi 40% en el primer semestre (con las subas de marzo y junio), por lo que las categorías del Monotributo, al menos las más bajas, subirían ese porcentaje desde julio.

En este contexto, la agrupación de Monotributistas Asociados de la República Argentina (MARA), exigió una modificación del 41,5% en los topes de facturación para todas las categorías.

Si el aumento para todas las escalas fuera del 40% por igual, desde el 1° de julio, los topes serían estos:

  • Categoría A: pasaría de $999.657,23 a $ 1.399.520 
  • Categoría B: de $1.485.976,96 a $ 2.080.368
  • Categoría C: de $2.080.367,73a $ 2.912.515
  • Categoría D: de $2.583.720,42 a $ 3.617.208
  • Categoría E: el límite de facturación pasaría de $ 3.042.435,05 a $ 4,259.409
  • Categoría F: la facturación anual pasaría de $ 3.803.043,82 a $ 5.324.260
  • Categoría G: de $ 4.563.652,57 a $ 6.389.112
  • Categoría H: de $ 5.650.236,51 a $ 7.910.330
  • Categoría I: de $ 6.323.918,55 a $ 8.853.485
  • Categoría J: de $ 7.247.514,92 a $ 10.146.520
  • Categoría K: el tope máximo pasaría de $ 8.040.721,19 a $ 11.257.000.

Fuente: Cronista


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