Esta iniciativa busca tener un control real sobre las recetas emitidas para evitar falsificaciones o duplicaciones, además de unificar el sistema y brindar mayor seguridad al respecto.

El Ministerio de Salud de la Nación dispuso que todas las indicaciones médicas —incluyendo medicamentos de prescripción restringida, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos— deberán emitirse en formato electrónico. La medida fue oficializada a través de la Resolución 2214/2025 publicada en el Boletín Oficial, y completa la etapa iniciada el 1 de enero de 2025 con la digitalización de las recetas de medicamentos, en el marco de la Ley 27.553.
A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán generarse en plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que permitirá un sistema único y trazable en todo el país. Desde la cartera sanitaria explicaron que estas plataformas deben estar interconectadas y abiertas en función de la cobertura de salud del paciente, garantizando la interoperabilidad, la confidencialidad y la trazabilidad de la información sanitaria.
Identificación unívoca y seguridad de la información
El sistema incorpora el número de CUIL como el dato principal para identificar a cada paciente, mientras que cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Esto permite ubicar cada orden médica de forma precisa y evita duplicaciones en los registros.
Las recetas que incluyan psicotrópicos o estupefacientes deberán digitalizarse mediante procedimientos específicos, y las plataformas deberán garantizar el resguardo de este tipo de prescripciones durante al menos tres años.
Plazos de implementación
Los prestadores y plataformas de salud cuentan con distintos plazos para adecuarse al sistema e incorporarlo: 45 días para incorporar la identificación unívoca, 90 días para la digitalización de recetas archivadas y 120 días para las de prescripción restringida. El Ministerio coordinará los aspectos técnicos con todos los actores del sistema sanitario.
Por otro lado, en zonas que atraviesen dificultades de conectividad o acceso digital, seguirá vigente la posibilidad de utilizar recetas en papel, aunque la receta electrónica se aplicará de forma generalizada a todo el circuito.
Requisitos de la receta electrónica
Para ser válidas, las recetas deben cumplir con datos obligatorios: identificación completa del profesional (nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio), identificación del paciente (nombre, DNI, fecha de nacimiento, sexo y obra social o prepaga), código de barras, diagnóstico, descripción detallada del medicamento con su nombre genérico, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades, además de la firma digital del profesional.
FUENTE: INFOBAE.
¡Sumate a la Comunidad InfoBrandsen!
Muchos portales como La Nación, Olé o Clarín optan por suscripciones pagas para acceder al contenido.
Nosotros nunca lo haremos.
Si nuestro contenido te gusta, te sirve o simplemente querés apoyar este proyecto independiente,
te invitamos a sumarte con un simple gesto: ¡invitarnos un cafecito! ☕
¡Muchas Gracias de parte de todo el equipo de InfoBrandsen!

COMUNIDAD INFOBRANDSEN
InfoBrandsen | info@infobrandsen.com.ar | WhatsApp: 2223.508499
Seguinos en Instagram | Seguinos en Facebook | Seguinos en Twitter
Unite a nuestros grupos de WhatsApp | Sumate a nuestro canal de WhatsApp
Comentarios Facebook