La actividad se desarrolló en el marco de la ordenanza municipal 2.093, que adhiere a la Ley Micaela. El encuentro estuvo a cargo de un equipo de formadores de formadores de San Miguel del Monte.

La Municipalidad de Brandsen, en el marco de la Ordenanza N°2.093, realizó una jornada “de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres”. Del encuentro participó el intendente Daniel Cappelletti junto a funcionarios municipales y concejales. La charla sobre la “Ley Micaela” tuvo lugar el jueves 7 de septiembre, desde las 13 horas, en la sala del Museo y Archivo histórico de Brandsen y estuvo a cargo del equipo de “formadores de formadores”, de la Dirección de Género y Diversidad del municipio de San Miguel del Monte, integrado por la directora, Marcela Sabcovksy; abogada, Noelia Fernández; redes y capacitaciones, Martina Farkas y Malena Parra.

La disposición establece la capacitación obligatoria en materia de género y violencia para todas las personas que integran los tres poderes del Estado, Ley 27.499. El contexto social y actual que nos atraviesa requiere de la capacitación constante en dicha temática; desde el 2009 rige en Argentina la Ley 26.485, de protección integral de las mujeres, en la que se busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género; el Estado argentino ha formado y forma parte de tratados internacionales que bregan por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, reconociendo el derecho a la mujer de una vida sin violencia como derecho inalienable; la mencionada ley, crea un programa permanente de capacitación institucional en género y violencia contra las mujeres; el fenómeno de violencia de género ha ganado visibilidad, en función del trabajo permanente de las organizaciones que se ocupan de la problemática, verificándose cifras dramáticas que dan cuenta de la necesidad de continuar trabajando en políticas públicas orientadas a resolverlo; entre otras causas, el profundo arraigo cultural de la violencia de género amerita medidas de acción positiva a los fines de desnaturalizar las prácticas, miradas y actitudes que lo constituyen, siendo necesario continuar ampliando la legislación nacional, provincial y municipal que permita implementar una respuesta eficiente para dicha problemática.


La Provincia de Buenos Aires ha adherido mediante la Ley Provincial 15.134, cuyo Art. 10 invita a los municipios bonaerenses a adherir a dicha norma. La Ordenanza 2.093 consigna:

  • a) Establecer las directrices y los lineamientos mínimos de los contenidos curriculares de la capacitación de la temática de género y violencia contra las mujeres dentro de los 90 días posteriores a la promulgación de la presente ordenanza. b) Instrumentar los mecanismos eficaces para garantizar la participación de la sociedad civil, de sus organizaciones y de las representaciones gremiales en la elaboración de las directrices y los lineamientos mínimos.
  • c) Elaborar los contenidos curriculares de las capacitaciones en la temática de género y violencia contra las mujeres; como así también contenidos específicos en gestión con perspectiva de género.
  • d) Establecer los términos, modos y formas de implementación de las mismas en cada ámbito.
  • e) Elaborar las actualizaciones correspondientes, con el fin de incorporar progresivamente buenas prácticas en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia de género, enfocándose en el tratamiento de las problemáticas que trascurran en cada uno de los ámbitos respectivos, así como en experiencias innovadoras que redunden en su mayor efectividad.
  • f) Certificar la calidad y adecuación de los contenidos y modalidad de las capacitaciones y las actualizaciones periódicas de las mismas.
  • g) Dictar las respectivas capacitaciones y actualizaciones.

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